Qué hacer cuando muere un familiar: trámites paso a paso en 2025

Guía completa · Trámites urgentes · Plazos · Herencia · Seguridad Social

Perder a un familiar es uno de los momentos más difíciles de la vida. En medio del duelo, la familia tiene que enfrentarse a una serie de trámites urgentes con plazos estrictos. Esta guía explica qué hay que hacer, en qué orden y qué documentos se necesitan para cada gestión.

⚠ Trámite urgente: La inscripción del fallecimiento en el Registro Civil debe realizarse en las primeras 24 horas desde el fallecimiento y siempre antes del entierro. Este trámite lo gestiona habitualmente la funeraria.

Trámites en las primeras 24 horas

1
Llamar a la funeraria

La funeraria se encarga de los trámites más inmediatos: recogida del cuerpo, certificado médico de defunción e inscripción en el Registro Civil. En la mayoría de casos, si el fallecido tenía seguro de decesos, es la propia compañía aseguradora quien coordina todo con la funeraria.

2
Obtener el certificado médico de defunción

Lo emite el médico que certifica la muerte — puede ser el médico de cabecera, el de urgencias o el forense. Es el documento interno que necesita la funeraria para proceder al entierro. No es el mismo que el certificado de defunción del Registro Civil.

3
Inscripción en el Registro Civil

La funeraria inscribe el fallecimiento en el Registro Civil del municipio donde ocurrió la muerte. Es imprescindible para poder proceder al sepelio. A partir de este momento ya puede solicitarse el certificado de defunción oficial.

Trámites en los primeros 15 días

4
Solicitar el certificado de defunción

Una vez inscrito el fallecimiento, pide varias copias del certificado de defunción en el Registro Civil — necesitarás entre 3 y 5 para los distintos trámites. Puede solicitarse presencialmente, por correo o por internet de forma gratuita.

5
Solicitar el certificado de últimas voluntades

Este documento informa si el fallecido dejó testamento y ante qué notario. Se solicita en el Ministerio de Justicia (sede.mjusticia.gob.es) o presencialmente, con el certificado de defunción. Solo puede pedirse 15 días después del fallecimiento.

6
Solicitar el certificado de contratos de seguros

También en el Ministerio de Justicia. Permite saber si el fallecido tenía seguro de vida o de decesos. Necesario para reclamar posibles prestaciones a las aseguradoras.

7
Solicitar la pensión de viudedad

Si el cónyuge superviviente tiene derecho, la pensión de viudedad tiene efectos desde el día del fallecimiento si se solicita en los tres meses siguientes. No conviene demorarse. Se solicita en el INSS o por internet en seg-social.es.

Trámites en los primeros 3 meses

8
Tramitar la herencia ante notario

Si hay testamento, los herederos deben acudir al notario para la aceptación y partición de la herencia. Si no hay testamento, es necesaria una declaración de herederos. El notario indicará los documentos necesarios en cada caso.

9
Liquidar el Impuesto de Sucesiones

El plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses en algunas comunidades autónomas. Cada comunidad tiene su propia normativa y bonificaciones. Un abogado o gestor puede ayudar a minimizar la carga fiscal.

10
Cambiar la titularidad de bienes inmuebles

Una vez aceptada la herencia e inscrita en el Registro de la Propiedad, los inmuebles pasan a nombre de los herederos. También hay que liquidar la plusvalía municipal (IIVTNU) en el ayuntamiento correspondiente, con plazo de 6 meses desde el fallecimiento.

Gestiones con bancos y entidades financieras

Los bancos bloquean las cuentas del fallecido hasta que se acredita la condición de heredero. Para desbloquearlas y acceder al saldo necesitarás:

Las cuentas corrientes, depósitos, fondos de inversión y planes de pensiones del fallecido pasan a formar parte de la masa hereditaria, salvo los seguros de vida que tienen beneficiarios designados.

Gastos del sepelio: Los bancos suelen permitir disponer de fondos de las cuentas del fallecido para pagar los gastos del sepelio, incluso antes de tramitar la herencia, si se presenta la factura de la funeraria. Consulta con la entidad bancaria.

Gestiones con la Seguridad Social

Tras el fallecimiento hay varias gestiones con la Seguridad Social:

Gestiones con organismos oficiales y contratos

Una vez pasado lo más urgente, hay que gestionar la baja del fallecido en varios organismos:

Organismo / Contrato Qué hacer Plazo
Padrón municipal Comunicar el fallecimiento al ayuntamiento Sin plazo fijo
Hacienda (AEAT) Presentar la declaración de la renta del fallecido si corresponde Campaña de renta habitual
Suministros (luz, gas, agua) Cambiar la titularidad o dar de baja Sin plazo fijo
Teléfono y contratos digitales Cancelar o cambiar titularidad Sin plazo fijo
Seguros del hogar, coche, vida Comunicar el fallecimiento y reclamar si procede Cuanto antes mejor
DGT (permiso de conducir y vehículos) Transferir los vehículos a los herederos Tras aceptar la herencia

¿Necesitas ayuda para gestionar la herencia?

La tramitación de una herencia puede ser compleja, especialmente si hay inmuebles, deudas o desacuerdos entre herederos. Un abogado especialista puede orientarte desde el primer momento sin compromiso.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es lo primero que hay que hacer cuando muere un familiar en casa?
Llamar al médico de cabecera o a urgencias para que certifique la defunción. Si el fallecimiento es en circunstancias no naturales o repentinas, hay que llamar a la policía. Una vez certificada la defunción, se llama a la funeraria.

¿Qué pasa si no se tramita la herencia?
La herencia no prescribe, pero no tramitarla tiene consecuencias prácticas: los bienes no pueden venderse ni transferirse, y Hacienda puede reclamar el Impuesto de Sucesiones con recargos e intereses si se supera el plazo de 6 meses.

¿Pueden los herederos renunciar a la herencia?
Sí, cualquier heredero puede renunciar a la herencia, especialmente si el fallecido tenía más deudas que activos. La renuncia debe formalizarse ante notario.

¿Qué pasa con las deudas del fallecido?
Las deudas forman parte de la herencia. Si se acepta la herencia, también se aceptan las deudas. Para evitar responder con el patrimonio propio, puede aceptarse la herencia a beneficio de inventario, que limita la responsabilidad al valor de los bienes heredados.

¿Cuánto cuesta tramitar una herencia con notario?
Los honorarios notariales están regulados por un arancel oficial y dependen del valor de los bienes. Para una herencia de patrimonio medio (un piso y una cuenta bancaria), los gastos notariales suelen oscilar entre 500 € y 1.500 €, más los honorarios del abogado o gestor si se contrata.